Jamie Golombek: Elegir la opción de pago incorrecta puede generar intereses de mora e incluso multas en cuotas
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Aproximadamente dos millones de canadienses deben pagar su cuarta y última cuota de impuestos de 2022 el 15 de diciembre, y aunque hay tres opciones diferentes para elegir para determinar cuánto debe pagar cada trimestre, elegir la opción incorrecta puede generar intereses atrasados. e incluso multas a plazos, como descubrió una pareja en un caso recientemente decidido en el Tribunal Fiscal.
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Pero antes de saltar a los detalles del caso, repasemos el sistema de pago a plazos. Según la Ley del Impuesto sobre la Renta, se requieren cuotas de impuestos trimestrales para este año fiscal si su impuesto neto adeudado para 2022 será superior a $3,000 ($1,800 para los contribuyentes de Quebec) y también superó los $3,000 ($1,800 para Quebec) en 2021 o 2020 .
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Las tres opciones que se pueden usar para determinar cuánto debe pagar cada trimestre son: la opción sin cálculo, la opción del año anterior y la opción del año precise. Los contribuyentes son libres de elegir el método que resulte en los pagos más bajos. Pero si elige pagar menos que la opción sin cálculo, podría enfrentar intereses a plazos y una multa si los montos de sus cuotas son demasiado bajos o se pagan tarde.
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Bajo la opción de no cálculo, la Agencia Tributaria de Canadá calcula sus cuotas de marzo de 2022 y junio de 2022 en función del 25 por ciento del impuesto neto adeudado de su declaración tasada de 2020. Luego, las cuotas del 15 de septiembre y el 15 de diciembre de 2022 se calculan en función del impuesto neto adeudado de su declaración de 2021, menos los pagos de marzo y junio.
La opción del año anterior basa el cálculo únicamente en los ingresos del año pasado, por lo que sus cuotas de 2022 se basan en el pago de una cuarta parte de los impuestos de 2021 adeudados en cada fecha de cuota. Esta opción es mejor si sus ingresos, deducciones y créditos de 2022 serán similares a los de 2021, pero significativamente diferentes a los de 2020.
Finalmente, el método del año en curso le permite basar las cuotas de este año en la cantidad de impuestos estimados que cree que adeudará para el año en curso, y paga una cuarta parte de la cantidad estimada en cada fecha de cuota.
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Esta opción es útil si sus ingresos de 2022 serán significativamente menores que los de 2021. Pero también es el método más riesgoso porque si se equivoca, puede terminar pagando intereses a plazos, capitalizados diariamente a la tasa de interés prescrita (actualmente, siete por ciento por impuestos atrasados), e incluso una multa por cuotas si el interés de la cuota es mayor a $1,000. Eso es lo que sucedió en este caso más reciente que involucra a una pareja de Alberta.

El esposo y la esposa debían pagar cuotas para el año fiscal 2019 porque su deuda tributaria neta excedía los $3,000 en los tres años fiscales anteriores. Recibieron recordatorios de cuotas por escrito de la CRA, describiendo las tres opciones de cuotas.
En lugar de confiar en la opción de no calcular, la pareja usó el método del año precise basado en una estimación de sus ingresos de 2019 y su deuda tributaria estimada. Pero a fines de noviembre de 2019, el holding de la pareja declaró un dividendo de $600,000, o $300,000 para cada uno de ellos. Se declararon este dividendo a sí mismos debido a “charlas presupuestarias… con respecto a la posible alteración del (el) tratamiento fiscal de los ingresos por dividendos canadienses”.
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Según la pareja, esta especulación previa al presupuesto “creó una urgencia, necesidad y conveniencia imprevistas para declarar el dividendo”. Esto, a su vez, “aumentó sustancialmente tanto los ingresos (de la pareja) como la obligación tributaria relacionada y, en consecuencia, sus respectivas cuotas tributarias”.
Aunque cada uno de los contribuyentes pagó grandes cuotas el 15 de diciembre para compensar la discrepancia entre las opciones de no cálculo y las del año en curso, la CRA evaluó intereses atrasados y una multa por cuotas insuficientes en los primeros tres trimestres.
En la corte, los contribuyentes argumentaron que no se deben aplicar intereses moratorios a los montos adeudados por las cuotas de marzo, junio y septiembre porque no esperaban incurrir en una afluencia repentina de ingresos más adelante en el año en el momento en que se hicieron los pagos trimestrales. Como resultado, habría sido imposible realizar pagos basados en información futura desconocida.
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La CRA argumentó que al no seleccionar la opción de no cálculo y no pagar el impuesto closing pagadero en cuotas iguales en el transcurso del año, la pareja “fue autor de una deficiencia de cuota trimestral divergente de la opción de no cálculo. Como tal, el interés y la sanción… (fueron) correctamente calculados y evaluados”.
El problema con la posición de la CRA, según el juez, period que “la única salvaguardia contra aumentos de los ingresos y obligaciones (fiscales) en la última parte del año, que distorsionan las cuotas, es la elección del contribuyente en la primera parte. del año de la opción de no cálculo.” En otras palabras, la opción de no cálculo se convierte esencialmente en la única opción segura “a menos que exista la certeza clarividente del contribuyente”.
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El juez dijo que puede haber situaciones en las que un contribuyente pueda establecer que tenía una razón possible para creer que su ingreso complete para el año sería más bajo que la opción de no cálculo, y que el evento que condujo a las cuotas trimestrales insuficientes resultantes fue “más allá previsibilidad e imposible de discernir hasta que ocurra”. Esto abarca la máxima “lex non cogit advert impossibilia”, o no se puede interpretar que la legislación requiera lo imposible.
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Desafortunadamente para esta pareja, la máxima anterior no se aplicó porque “no se les pidió que hicieran lo imposible”. Más bien, tomaron la decisión deliberada de declarar el dividendo, que estaba totalmente bajo su management. El appreciable dividendo de fin de año fue “un libro de texto, un plan de impuestos provisional de fin de año. No fue inevitable ni extrañamente circunstancial”. En realidad, el contribuyente “lo concibió, efectuó y completó, todo por su propia mano y esfuerzo”.
El juez, al desestimar la apelación de la pareja y confirmar los intereses moratorios y la multa a plazos, concluyó: “Si bien la ley no puede interpretar la legislación para exigir lo imposible, no se adapta a un paso precautorio de un plan fiscal, que se vuelve discutible por un camino legislativo. no tomado.”
Jamie Golombek, CPA, CA, CFP, CLU, TEP, es el director common de planificación fiscal y patrimonial de CIBC Personal Wealth en Toronto. [email protected]
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